Elegiste Gastos Médicos Iniciales, las coberturas que incluye la protección son las siguientes:
- Reembolso de Gastos Médicos por enfermedad o accidente hasta : $100,000.
- Reembolso de consultas médicas máximo : $500 por evento, hasta 10 eventos.
- Reembolso de estudios de laboratorio solicitados por el médico máximo : $5,000 por evento, hasta 6 eventos.
El costo anual de esta protección es de $8,500 pesos mexicanos.
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Términos y condiciones

CONTRATO DE ADHESIÓN PARA ASOCIADOS A GASTOS MEDICOS INICIALES
Subordinado al Contrato XXX de Solución Mutua A.C.
CLÁUSULA PRIMERA.- VINCULACIÓN AL CONTRATO BASE
El presente contrato de adhesión se subordina integralmente al "Contrato XXX" celebrado entre SOLUCIÓN MUTUA A.C. ("MUTUALIDAD") y el ASOCIADO. Todas las definiciones, derechos, obligaciones y mecanismos establecidos en el Contrato Base son aplicables, salvo modificación expresa en este documento.
CLÁUSULA SEGUNDA.- OBJETO
“LA MUTUALIDAD” se obliga a otorgar a “EL ASOCIADO” el servicio de cobertura de Gastos Médicos Iniciales para “EL ASOCIADO”, siempre que este cuente con una la inscripción en la MUTUALIDAD, por lo que la PROTECCIÓN no constituye producto de seguro ni garantiza prestaciones médicas; se limita a un reembolso condicionado y subordinado al saldo del Fondo Social constituido en la MUTUALIDAD.
CLÁUSULA TERCERA.- DEFINICIONES
Aplican las definiciones:
- ACCIDENTE CUBIERTO: Evento externo, súbito y violento que genera lesión física al ASOCIADO.
- ASOCIADO: Persona física que se inscribe a la MUTUALIDAD y paga una CONTRIBUCIÓN para tener derecho a PROTECCIÓN.
- BENEFICIO ADICIONAL: Ayuda económica extraordinaria y por única ocasión que podrá ser otorgada al ASOCIADO cuando los gastos originados por una enfermedad calificada como crónico-degenerativa excedan el ochenta por ciento (80%) del límite de protección anual establecido por la MUTUALIDAD.
- CHEQUEO BÁSICO: Exámenes médicos listados a continuación: Biometría hemática, química sanguínea de 6 o 12 elementos, examen general de orina, antígeno prostático específico, mastografía y radiografía de tórax.
- ENFERMEDAD CRÓNICO-DEGENERATIVA: Condiciones persistentes de salud descritas en la INSCRIPCIÓN.
- FONDO SOCIAL: Recursos de la MUTUALIDAD para cubrir eventos de los ASOCIADOS.
- GASTO MÉDICO INICIAL: Primeros gastos por enfermedad o accidente.
- ENFERMEDAD PREEXISTENTE: Condición médica diagnosticada o con síntomas manifiestos previos a la inscripción del ASOCIADO.
- PROTECCIÓN: Límite máximo de reembolso o pago por parte de la MUTUALIDAD ante eventos cubiertos.
- MEDICINA ALTERNATIVA: Tratamientos no convencionales, variedad de terapias, como acupuntura, homeopatía, terapias herbales, terapias mente-cuerpo, entre otras.
- EVENTO: Se entiende como la enfermedad o ACCIDENTE CUBIERTO que, sin encontrarse dentro de las exclusiones establecidas, genere gastos médicos iniciales al ASOCIADO y lo lleve a solicitar su reembolso conforme a las condiciones de la PROTECCIÓN.
- OCURRECIA: Se refiere a que, durante la vigencia de la PROTECCIÓN, solo podrá efectuarse un reembolso por un EVENTO que cumpla con las condiciones y límites establecidos en el presente contrato.
- AGREGADO: Corresponde a la suma total de los reembolsos solicitados por el ASOCIADO derivados de un EVENTO o ACCIDENTE CUBIERTO, siempre que dichos gastos no se encuentren dentro de las exclusiones señaladas en este contrato.
CLÁUSULA CUARTA.- OBJETO DEL CONTRATO
El presente contrato tiene como objeto regular la afiliación del ASOCIADO a la MUTUALIDAD y el otorgamiento de la PROTECCIÓN conforme al ANEXO A.
CLÁUSULA QUINTA.- VIGENCIA DE LA PROTECCIÓN
- Vigencia: Un (1) año.
- Inicio: de de .
- Fin: de de .
Si la CONTRIBUCIÓN no se paga en un plazo de 48 horas desde la INSCRIPCIÓN, se cancelará la PROTECCIÓN automáticamente.
CLÁUSULA SEXTA.- CONTRIBUCIÓN
- El pago es único, anual y debe realizarse por el ASOCIADO al momento de la INSCRIPCIÓN.
- Formas de pago
1.1 Mediante tarjeta de crédito o débito
1.2 Mediante depósito:
Nombre del beneficiario:
Institución bancaria:
Número de cuenta:
1.3 Mediante transferencia:
Nombre del beneficiario:
Institución bancaria:
Número de cuenta:
Una vez realizado el pago y se haya entregado y/o enviado a la dirección de correo electrónico: [email protected] el comprobante del mismo, se verificará su aplicación y quedará registrado.
CLÁUSULA SÉPTIMA.- EXCLUSIONES
No se cubrirán eventos relacionados con:
- Enfermedades preexistentes, así como sus consecuencias y complicaciones.
- Enfermedades que haya iniciado en el transcurso de los primeros 120 días naturales a partir de la contratación.
- Cualquier gasto que no esté directamente relacionado con la enfermedad y/o el accidente.
- Tratamientos estéticos, cosmetológicos, dermatológicos y de calvicie.
- Tratamiento dentales, alveolares, gingivales y maxilofaciales.
- Tratamientos dietéticos, médicos por obesidad, sobrepeso, anorexia, bulimia, así como sus complicaciones.
- Tratamientos de Medicina alternativa, tradicional o no autorizada, acupuntura, homeópatas, proporcionados por personas sin cédula profesional o certificación que los acredite como médicos cirujanos con cédula profesional.
- Tratamientos por enfermedades y/o accidentes originados a consecuencia del alcoholismo, toxicomanía y/o drogadicción.
- Gastos derivados del embarazo, parto o maternidad.
- Gastos derivados de tratamientos de infertilidad, esterilidad, reproducción asistida, control natal, impotencia sexual, o disfunción eréctil.
- Atención por uso de sustancias tóxicas o intoxicación voluntaria.
- Lesiones derivadas de actos delictivos, participación en delitos o participación en protestas sociales o ideológicas y actos de vandalismo.
- Intervenciones quirúrgicas programadas dentro de los primeros 120 días naturales de vigencia.
- Trastornos mentales o neurológicos no declarados previamente.
- Lesiones auto infringidas y lesiones derivadas de intento de suicidio.
- En caso de accidente no se reembolsarán medicinas, prótesis y terapias de rehabilitación.
- Gastos derivados de pagos realizados a instituciones de seguros (deducible, primas, coaseguro, entre otros).
CLÁUSULA OCTAVA.- PROCEDIMIENTO PARA REEMBOLSO
PASO 1.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUD DE REEMBOLSO
Para solicitar un reembolso, el ASOCIADO deberá presentar en un plazo no mayor a 60 días naturales posteriores al evento cubierto, la siguiente documentación:
- Dictamen médico firmado.
- Factura original emitida a nombre del ASOCIADO.
- Cédula profesional del médico tratante.
- Comprobantes bancarios de consultas y laboratorios.
- Identificación oficial vigente del ASOCIADO.
- Estado de cuenta bancario del ASOCIADO con CLABE INTERBANCARIA.
Dicha documentación deberá ser enviada a la dirección de correo electrónico: [email protected].
PASO 2.- REEMBOLSO
Una vez que se haya recibido y verificado que la documentación esté completa, la MUTUALIDAD contará con 5 (cinco) días naturales para emitir el reembolso a la cuenta bancaria que se proporcionó en la documentación.
BENEFICIO ADICIONAL: En aquellos casos en que el gasto por enfermedad sea calificado como crónico-degenerativo y supere el ochenta por ciento (80%) del límite de protección anual, el ASOCIADO podrá solicitar un BENEFICIO ADICIONAL POR ÚNICA OCASIÓN por la cantidad de hasta $25,000.00 (veinticinco mil pesos mexicanos), la cual estará sujeta a:
- La autorización de la MUTUALIDAD, realizando la valoración correspondiente.
- La disponibilidad de recursos en el Fondo Social, y
- La entrega de documentación médica complementaria que justifique la gravedad o continuidad del evento.
La MUTUALIDAD emitirá su resolución dentro de un plazo de diez (10) días naturales a partir de la recepción de la solicitud formal y completa, por medio de correo electrónico.
La MUTUALIDAD no cubrirá ni reembolsará impuestos, derechos, comisiones bancarias, propinas, intereses, cargos financieros ni cualquier otro concepto distinto al gasto médico estrictamente comprobable derivado del EVENTO o ACCIDENTE CUBIERTO. Los impuestos pagados por el ASOCIADO, aun cuando estén relacionados con los servicios o productos médicos utilizados, serán a su exclusivo cargo y no formarán parte de los montos sujetos a reembolso.
CLÁUSULA NOVENA.- BUENA FE
El ASOCIADO debe proporcionar información veraz sobre salud, ocupación o agravantes, dentro de las 24 horas siguientes al conocimiento de estas agravantes, si EL ASOCIADO omitiere el aviso o fuera él mismo el que provoca la agravación esencial del riesgo, cesarán en pleno derecho las obligaciones de LA MUTUALIDAD, en lo sucesivo.
En caso de que en el presente o en el futuro EL ASOCIADO realice o se relacione con actividades ilícitas, será considerado como una agravación esencial del riesgo en términos de ley. Si EL ASOCIADO fuera condenado mediante sentencia definitiva que haya causado estado y/o cualquier artículo relativo a la delincuencia organizada en territorio nacional, dicha sentencia podrá ser emitida por cualquier autoridad competente del fuero local o federal, o legalmente reconocida por el Gobierno Mexicano. En caso de que existan algunas de las situaciones anteriormente señaladas, de igual manera, cesarán en pleno derecho las obligaciones de LA MUTUALIDAD.
CLÁUSULA DÉCIMA.- CANCELACIÓN ANTICIPADA Y DEVOLUCIÓN
Si el ASOCIADO solicita la baja anticipada:
- Dentro de los primeros 30 días naturales, contados a partir de la contratación: Se realizará la devolución del 70% del monto no consumido (sin incluir derechos).
- Entre los días 31 y 60 naturales, contados a partir de la contratación: Se realizará la devolución del 40% del monto no consumido.
El reembolso se hará dentro de los 90 días naturales desde la solicitud escrita.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA.- RENOVACIÓN
No es automática. El ASOCIADO debe solicitarla dentro de los 10 días posteriores al fin de la vigencia, presentando:
- Identificación oficial
- Comprobante de domicilio
- Constancia de situación fiscal
- Contrato de adhesión firmado
- Comprobante de pago
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA.- AVISOS Y CAMBIOS
Todo aviso se realizará a través de la aplicación, página web o correo electrónico registrado. Cualquier modificación a la información debe notificarse en un plazo de 7 días naturales.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- PRESCRIPCIÓN
Las acciones civiles para exigir el reembolso prescribirán conforme a lo dispuesto en la legislación civil mexicana.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.- PRIVACIDAD Y DATOS PERSONALES
La MUTUALIDAD protegerá los datos del ASOCIADO conforme al aviso de privacidad disponible en https://solucionmutua.com/avisoprivacidad.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.- COMPETENCIA Y LEGISLACIÓN APLICABLE
Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes se someten a las leyes mexicanas y tribunales competentes de la Ciudad de México, renunciando a cualquier otro fuero.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA.- NORMAS SUPLETORIAS
En lo no previsto en este contrato, aplicarán la Ley de Sociedades Mutualistas de la Ciudad de México y la Ley de Sociedades Mercantiles.
________________________________________
Firmado en la Ciudad de México, el de de .
ANEXO A
GASTOS MÉDICOS INICIALES
La PROTECCIÓN proporciona apoyo en caso de que seas afectado por una enfermedad o en caso de un ACCIDENTE CUBIERTO.
Las PROTECCIONES son las siguientes:
- Gastos Médicos Iniciales en caso de enfermedad o accidente. Reembolso de hasta $100,000 MXN, las siguientes coberturas que se enumeraran a continuación, forman parte de los $100,000 MXN y no en adición a estos:
- En caso de accidente o enfermedad solo se reembolsará $100,000 MXN, y operará en el AGREGADO durante la vigencia de la PROTECCIÓN.
- Reembolso de Consultas Médicas por $500 MXN por consulta, hasta 10 consultas al año.
- Reembolso por estudios de laboratorio y gabinete solicitados por el médico hasta $5,000 MXN por estudio, hasta 6 estudios al año.
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